DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado Rodolfo Delfs en su carácter de apoderado judicial de la accionante SUCESORA DOS SANTOS C.A., contra la sentencia definitiva de fecha 17-12-2013, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decidido, se declara: A) CON LUGAR la Defensa Perentoria de Prescripción de la Acción de Nulidad Contractual alegada por el Abogado José Gregorio Macias Cham, en su condición de Apoderado Judicial de los Codemandados Nader Sabbagh Antiba y Nelis Margarita Soterano, todos identificados. B) SIN LUGAR la demanda de Nulidad.....