TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SUCRE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, ADMINSITRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA LA HOMOLOGACIÓN del convenimiento extrajudicial efectuado por los ciudadanos MIRIELI KEISIMAR GARCIA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 23.498.977, en representación de su hija Yorgelis Nazaret Giron García, de 4 años de edad y YORGIS JOEL GIRON BARON, titular de la cédula de identidad Nº 19.078.401. En consecuencia vista la necesidad de fijar en salarios mínimos los montos del convenimiento extrajudicial de la Obligación de Manutención y el Régimen de Convivencia Familiar,