DECLARO: PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la abogada NEILA ESTHER BERBECÍ, en su carácter de Defensora Privada del ciudadano Teniente Coronel IRANY JOSÉ SOTILLO PENOTT, contra el auto dictado por el Tribunal Militar Décimo de Control con sede en Maracaibo, estado Zulia, en fecha 12 de noviembre de 2014, mediante el cual admitió parcialmente la acusación fiscal y ordenó la apertura a juicio oral y público en contra del imputado antes identificado, admitió las pruebas ofrecidas por la representación fiscal y la defensa privada y ordenó mantener la medida de privación judicial preventiva de libertad por encontrarlo presuntamente incurso en la comisión de los delitos militares de DESOBEDIENCIA, previsto y sancionado en los artículos 519 y 520 del Código Orgánico de Justicia Militar, FALSIFICACIÓN Y FALSEDAD, previsto y sancionado en el artículo 567, en concordada relación con los artículos 389 ordinal 1° y 390 ordinal 1° ejusdem. SEGUNDO: INADMISIBLES las pruebas .....