Se DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta por el Defensor Ad-Litem de la parte demandada, ABG. VICTOR J. AMARO PIÑA, en contra de la sentencia de fecha 19 de Enero del 2009, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, REVOCANDOSE en consecuencia la misma, declarándose SIN LUGAR la demanda de RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, incoada por la firma mercantil BANCO MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, en contra del ciudadano JORGE LUIS BLAIN, ambos ya identificados. De conformidad con lo preceptuado en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante.