este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Lara, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA FALTA DE JURISDICCIÓN de los Tribunales Laborales para conocer de la solicitud de Homologación presentada por los ciudadanos JORGE LUIS PERAZA ,JOSE ANTONIO VASQUEZ, venezolanos, mayores de dad, titulares de las cédulas de identidad N° V-12.963.175 y V-5.253.453 y la Sociedad Mercantil " T.M.,C.A", inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo, de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 16 de agosto de 2002, bajo el N° 14, tomo 35-A, de los libros de registro llevado pior ese Registro Mercantil, sufriendo una ultima modificación en sus estatutos sociales, según acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas , debidamente inscrita en fecha 24 de agosto de 2010, quedando inserta bajo el N° 26, tomo 78-A, de los libros llevados por ese Registro Mercantil; ya que su conocimiento corresponde.....