declara: Primero: SIN LUGAR la apelación, interpuesta por la parte actora ciudadano JOSÉ EUDOMARO COLMENARES VÁSQUEZ, contra la sentencia dictada en fecha 22 de Septiembre del año 2.009, por el Juzgado Cuarto Del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; Segundo: Consecuencialmente, se declara SIN LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMODATO, interpuesta por el ciudadano JOSÉ EUDOMARO COLMENARES VÁSQUEZ, contra la ciudadana MARLENY MIREYA COLMENARES RODRÍGUEZ, todos antes identificados; Tercero: Queda así CONFIRMADA la sentencia apelada, con las modificaciones expuestas en la parte motiva; Cuarto: Se condena en costas a la parte apelante de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil