DECLARO culpable al Acusado ciudadano JOSÉ FEDERICO RIVERO MEDINA, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.854.306, plenamente identificado en el encabezamiento de la presente Sentencia, actualmente recluido en el Centro Nacional de Procesados Militares con sede en Ramo Verde Los Teques, Estado Miranda, y en consecuencia, lo CONDENA a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS Y CINCO (05) MESES DE PRISION, que es la pena que en definitiva ha de cumplir dicho ciudadano, conllevando la presente sentencia las accesorias de ley a que se contraen los ordinales 1º, 3º y 4º del artículo 407 del as veces mencionado Código Orgánico de Justicia Militar, como lo son: la inhabilitación política por el tiempo que dure la pena, perdida del derecho a premio y perdida de armas, objetos e instrumentos con que se cometieron los delitos.