Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: Terminado el procedimiento de Apelación intentado por los Abogados Moira Leiva y Félix Basanta Herrera, Apoderados Judiciales del ciudadano Edgar Jesús Planchart; tal impugnación ejercida a fin de refutar la decisión dictada por el Tribunal 5º en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Ext. Terr. Pto. Ordaz, en fecha 29-07-2010 mediante la cual declara Improcedente el petitorio de los Apoderados Judiciales del mencionado ciudadano, donde solicitaran la ejecución forzosa de la Sentencia que declaró la Entrega de vehículos a éste ciudadano, por la vía de Mandato de Conducción; tal resolución, en efecto a la pérdida del interés procesal de la parte actora, en secuencia al decaimiento y extinción de la acción rescisoria intentada, dado al cese.....