Se dicto sentencia Nº PJ0822010000517, cumplidos con todos los requisitos exigidos en el presente asunto FP02-S-2010-292, como Justificativo de testigos, de conformidad con los artículos 517 de la Ley Organica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 937 del Código de Procedimiento Civil. Entréguense los originales previa certificación en autos. Cúmplase.