Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el ciudadano ALBERTO JOSE CAMPOS RODRIGUEZ, en su condición de presidente de la sociedad mercantil RESTAURANT PASEO EL BUEN COMER, C.A., asistido por los abogados OSCAR JOSE RENDON REYES y SALVADOR TUMINO NICOLICCHIA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 69.993 y 179.404, respectivamente, y queda confirmada la decisión dictada en fecha 06 de octubre de 2016, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, que declaro INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por el ciudadano ALBERTO JOSE CAMPOS RODRIGUEZ, en su condición de pre.....