Este Tribunal de Control N° 8, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida a los ciudadanos Arnoldo Albino Rojas y Andrés Ramón Lobo, titulares de la cédula de identidad N° 8.516.396 y 5.465.284 respectivamente, residenciados en la calle 5 con carrera 4 N° 10 Sabana de Parra, Caserío Copa Redonda Estado Yaracuy y en Sabana de Parra, final carrera 6 Barrio Copa Redonda Estado Yaracuy, respectivamente. Notifíquese a las partes. Remítase en su oportunidad legal las actuaciones al Archivo Judicial del Estado Lara. Cúmplase.
La Juez de Control N° 8
Abog. Minerva Parra Montilla.