´declara las presentes actuaciones suficientes de TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de las Ciudadanas MARIA ANGELITA ELIAS BEZERRA Y ANA CAMILA HURTADO ELIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 24.702.414 Y V- 27.088.975, respectivamente, y de este domicilio, debidamente asistidos por el profesional del Derecho Abogado PEDRO ZAMORA, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 165.032; y de este domicilio; plenamente identificados en la presente solicitud que discurre, sobre unas bienhechurías construidas sobre una Parcela propiedad Municipal, que consta de una vivienda familiar, ubicado en la Población de la Paragua, Sector Hueso Blanco, Calle Principal Hueso Blanco, Parroquia Barceloneta, Jurisdicción del Municipio Bolivariano Angostura del Estado Bolívar; constante de una superficie de OCHOCIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS CON CUATRENTA Y SEIS CENTIMETROS (810,46 Mts2), cuyos linderos son los siguientes: Norte: Calle Hueso Blanco. Sur: terrenos .....