Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada ROCIO DEL VALLE VALBUENA CORDERO, en su condición de Defensora Publica Sexta Penal Ordinario, actuando en tal carácter del ciudadano WILMER JOSE ORELLANA, contra la decisión dictada en fecha 19 de Julio de 2013, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto Nº KP01-P-2013-008215, seguido contra el ciudadano antes mencionado, mediante la cual Acordó la Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPECIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN, previsto y sancionado en el articulo 149 segundo apa.....