Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la ABG. YEILYN CAROLINA CRESPO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 126.103, en su condición de apoderada judicial del demandante JOSE MENDES DE SOUSA, contra la sentencia de fecha 03 de Agosto del año 2010, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial y en consecuencia decide: PRIMERO: Se REVOCA la decisión de fecha 03 de Agosto del año 2010, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento por vencimiento del mismo, incoada por el ciudadano JOSE MENDES DE SOUSA. TERCERO: No hay condenatoria en virtud de lo decidido. CUARTO: En virtud de haberse publicado fuera de lapso la presente sentencia, por haberse diferido conforme al artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación de las partes. .....