/Este Tribunal de Ejecución Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la Conmutación del resto de la pena en Confinamiento a CARLOS JOEL RIVAS, por el lapso de pena que le queda por cumplir, aumentada en una Tercera parte, que sería por TRES (03) AÑOS, TRES (03) MESES Y DIEZ (10) DIAS, que será hasta el día 11 de Noviembre de 2016; Líbrese la correspondiente Boleta de Excarcelación dirigida al Director de La Penitenciaria General de Venezuela, Estado Guárico con copia de la presente Decisión y oficio al Prefecto de la Parroquia Los Teques, Municipio Guacaipuro, del Estado Bolivariano de Miranda, igualmente Notifíquese al Fiscal Decimotercero del Ministerio Público, a la Defensa y al Penado