Por todo lo expuesto, se declara inadmisible la presente demanda de desalojo interpuesta por el ciudadano ANTONIO RAFAEL CODALLO, en contra del ciudadano GILBERTO ANTONIO RODRIGUEZ TORRES. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión interlocutoria en este Juzgado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, al primer (01) día del mes de agosto de 2007. Años 197º de la Independencia y 148º de la Federación.
El Juez,
Dr. Noel Aguirre Rojas
La Secretaria.,
Enelide Arredondo
La anterior decisión interlocutoria fue publicada en su misma fecha, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.).
La Secretaria., .....