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Decisiones del dia 01/08/2006

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : KH08-X-2006-000065 N° Sentencia : Fecha: 01/08/2006
Procedimiento:
Medida Cautelar
Partes:
JANFRYS RIVAS MERCADO VS. PRODUCTOS METALURGICOS VENEZOLANOS, C.A.
Resumen:
Por todo lo antes expuesto, este juzgado acuerda la Medida Cautelar solicitada y en consecuencia se decreta el Embargo Preventivo, sobre bienes muebles propiedad de la demandada por el doble de la suma establecida en el escrito libelar que asciende a la cantidad de quinientos dos millones novecientos cuarenta y cinco mil doscientos ochenta y nueve con noventa y ocho céntimos (Bs. 502.945.289,98). Igualmente se decreta el Bloqueo de la cuenta bancaria Nro. 0102-0308-22-000-5289525 propiedad de la empresa PROMEVEN C.A., aperturada en el Banco de Venezuela, por la suma demandada de doscientos cincuenta y un millones cuatrocientos setenta y dos mil seiscientos cuarenta y cuatro bolívares con noventa y nueve céntimos (Bs. 251.472.644,99), todo ello de conformidad a lo establecido en el artículo 137 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Juez/Ponente:
Wiliam Ramos
Organo:
Juzgado Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : KP02-S-2005-11642 N° Sentencia : Fecha: 01/08/2006
Procedimiento:
Calificación De Despido
Partes:
EDWIN EDUARDO HERNANDEZ PARRA VS. VENEZOLANA DE PREVISION C.A
Resumen:
se presume la admisión de los hechos alegados por el actor. En consecuencia este Juzgado Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO INTENTADA, ordenándose el reenganche del trabajador a su puesto de trabajo, en las mismas condiciones que tenía al momento de su despido de fecha 4 de Octubre del 2005 con todos los beneficios laborales que le otorga las leyes o decretos que lo beneficien. Igualmente se condena a la accionada al pago de los salarios caídos que hubiere dejado de percibir el actor desde el momento de su despido hasta la fecha efectiva de su reenganche, calculado a razón del salario de Bs. 950.000,00 mensuales; es decir Bs. 31.666 diarios.
Juez/Ponente:
Wiliam Ramos
Organo:
Juzgado Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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