Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Juicio de la Sección de Adolescente de Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento Definitivo de la causa seguida al adolescente Joel Jesús González Andrade, por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado en Grado de Coautoria, previsto y sancionado en el Artículo 455 Ordinales 4º y 9º en relación con el artículo 83, todos del Código Penal en perjuicio del Instituto de Educación Bolivariana Puerto Ordaz, de conformidad con el Artículo 561 literal "D" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los Artículos 318 Ordinal 3° y 48 Ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Remítanse las presentes actuaciones en su oportunidad legal al Tribunal de Ejecución de la Sección Adolescentes.