Se declara SIN LUGAR la Apelación intentada por el ciudadano YOAN ALEJANDRO CEDEÑO PEREZ, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante, en contra del Acta de fecha 05 de mayo de 2008, emanada del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en el juicio que incoara el ciudadano TITO ARMANDO CASTRO LEZAMA, por COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD PROFESIONAL DERIVADOS DE LA RELACIÓN LABORAL, en contra de la empresa C.V.G. ALUMINIOS DEL CARONÍ S.A. (CVG ALCASA).