DISPOSITIVA.
En virtud a los razonamientos expuestos, este Tribunal Militar Quinto (5º) de Ejecución de Sentencias, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 471, 474 y 506, todos del Código Orgánico Procesal Penal decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA, la Sentencia Condenatoria definitivamente firme dictada por el Tribunal Militar Décimo Sexto (16º) de Control con sede en Barcelona, Estado Anzoátegui, mediante la cual condenó al ciudadano penado EX SOLDADO RAÚL SIMON ESPINOZA LARA, titular de la cedula de identidad N° V-16.095.868, plaza del 731 Batallón de Cazadores "G/D Pedro Zaraza", domiciliado en las parcelas de San Joaquín, casa sin número, teléfono: 0426-181.97.81, sentenciado a cumplir la pena de SIETE (07) MESES Y QUINCE (15) DIAS DE PRISION, más las penas de accesorias de Ley prevista en el artículo 407 numeral 1" "INHABILITACION POLITICA POR TIEMPO D.....