Por todo lo antes expuesto este Tribunal Militar en funciones de Control y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, la solicitud planteada por las partes, en cuanto a la solicitud de Admisión de Hechos de conformidad con los artículos 371 y 375 del Código Orgánico Procesal Penal del Código Orgánico Procesal Penal en contra del EX - DISTINGUIDO LUIS JOSE RIVAS MARTINEZ, C.I. 21.388.292, de SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 570 ordinal 1º del Código Orgánico de Justicia Militar, todos en grado de autores, según lo dispuesto en el artículo 390 ordinal 1º, con los agravantes previstos en el artículo 402, ordinales 1º, 2º, 6º, 10º, 13º, 15º y 16º, ejusdem. SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud presentada por las partes, en cuanto a la aplicación de Procedimiento por ADMISION DE LOS HECHOS, previsto en el artículo 371 y 375 del Código Orgánico Procesal Penal, el cua.....