Este Tribunal observa que ambas partes tienen capacidad para disponer del objeto sobre que versa la controversia, que se trate de materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, y que el apoderado de la parte actora, tiene facultad para transigir de conformidad con el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil cuestión por la cual este Tribunal Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACION a la transacción efectuada en la incidencia de opocisión a la ejecución de la sentencia efectuada por el ciudadano: JOSE RAFAEL SILVA RIVAS supra identificado en el juicio de DESALOJO Y COBRO DE PENSIONES ARRENDATICIAS interpuesto por el ciudadano: LUIS HERMILO DOMINGUEZ ACOSTA contra el ciudadano FELIX HUMBERTO SILVA RIVAS, de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, teniéndose la misma como.....