Se declara Sin Lugar el Recurso de Apelación ejercido contra Auto interlocutorio; incoado en tiempo hábil por el Abogado Wolgfan de Jesús Thomas, en su condición de Defensor Privado, procediendo en asistencia del ciudadano imputado Luis Enrique Alcalá Rodríguez, en el presente proceso judicial seguídole por su presunta incursión en la comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado por Motivos Fútiles e Innobles en Grado de Coautoría; tal impugnación ejercida a fin de refutar la decisión dictada por el Tribunal Segundo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en ocasión a la celebración del acto de Audiencia de Presentación de Imputado, en data 24 de Marzo de 2007, mediante la cual el A Quo acordó decretar Medida Preventiva Judicial de Privación de Libertad, en contra del procesado de autos; en consecuencia, se CONFIRMA el mentado fallo recurrido.