este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR la oposición a la Medida Cautelar Innominada, planteada por la Representación Judicial de la parte demandada, ciudadanos AGOSTINHA GONCALVES DE PITA, GRACINDA PITA GONCALVES, LUCINDA PITA GONCALVES y MARIA JOSETE PITA GONCALVES, en el juicio que por Partición de la Comunidad Hereditaria, ha intentado el ciudadano NELSON PITA GONCALVES en contra de los nombrados, todos previamente identificados.