DECIDE: PRIMERO: SE ABSUELVE al Ciudadano ANUAR DAVID LOPEZ GOMEZ, indocumentado, de estado civil soltero, domiciliado en el Barrio las Trinitarias, Parroquia Francisco Eugenio Bustamante, Tercera Etapa, Sector Uno, Avenida 84 I, 99H-08, Maracaibo, Estado Zulia; hijo de Carlos Alfonso López Fuentes (difunto) y Farides Gómez Navarro, del delito de Rebelión Militar, previsto en los artículos 476, numeral 1º, en concordada relación con lo previsto en el articulo 486 numeral 3º y 4º, y sancionado en el artículo 487, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, en concordancia con lo previsto en el articulo 479 ejusdem, por cuanto la Fiscalía Militar no dio por comprobado la comisión de dicho hecho punible por parte del referido ciudadano, de acuerdo a los argumentos expuestos en su escrito acusatorio. SEGUNDO: SE CONDENA al Ciudadano ANUAR DAVID LOPEZ GOMEZ, indocumentado, de estado civil soltero, identificado ut-supra; a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS PRESIDIO; por considerarl.....