DECLARO PRIMERO: REVOCA la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad contra el ciudadano LEOMAR JOSÉ MORONTA TOMEY, a quien se le sigue juicio por la comisión del delito militar de USURPACIÓN y ABUSO DE AUTORIDAD, tipificados y sancionados en los artículos 507 y 509 ordinal 4º del Código Orgánico de Justicia Militar, respectivamente y SEGUNDO: Se acuerda la LIBERTAD del imputado ciudadano LEOMAR JOSÉ MORONTA TOMEY, y se ORDENA SU EXCARCELACIÓN. En consecuencia, se acuerda la medida cautelar sustitutiva de libertad prevista en el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, como es: presentación periódica ante el Tribunal Militar Décimo de Control del Circuito Judicial Penal Militar, con sede en Maracaibo estado Zulia, cada quince (15) días, contados a partir de la presente fecha en que reciba el expediente el citado Tribunal.