, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano Soldado (EJ) IVAN LOZANO ARANGUREN, titular de la Cédula de Identidad N° 16.867.296 y se ordena librar la correspondiente Orden de Aprehensión. Remítase al Cuerpo de Investigaciones Penales Científicas y Criminalísticas para que sea ingresado a la Base de Datos a fin de que se logre su aprehensión y posterior traslado a este Despacho Judicial y se realice la correspondiente Audiencia Oral que le permita a este Tribunal decidir sobre el mantenimiento de esta medida o sustituirla por otra menos gravosa, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese lo conducente. Hágase las participaciones correspondientes. Líbrese Orden de Aprehensión. HAGASE COMO SE ORDENA.