DECLARO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados LUIS ENRIQUE ZAMORA VIRGUEZ y JOSÉ GREGORIO RAMÍREZ, en su carácter de Defensores del ciudadano EMILIO JOSÉ PÉREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.193.475, contra la decisión emitida por el Tribunal Militar Segundo de Primera Instancia Permanente de Caracas, de fecha quince de marzo del año dos mil cuatro, mediante la cual decretó la privación judicial preventiva de libertad del ciudadano ut-supra mencionado. En consecuencia se CONFIRMO, la decisión dictada en fecha quince de marzo del año dos mil cuatro, por el Juzgado Militar Segundo de Primera Instancia Permanente de Caracas, mediante la cual acordó la privación judicial preventiva de libertad, contra el ciudadano antes identificado, por la comisión de los delitos de USO INDEBIDO DE TITULOS MILITARES y CONTRA LA FÉ MILITAR previstos y sancionados en los artículos 566, 568 ordinal 1º del Código Orgánico de Justicia Militar, y por el delito de POR.....