DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control No 1 de Responsabilidad Penal Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Lara (Carora) Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud del Ministerio Público y en consecuencia se otorgan 30 días de prorroga al Ministerio Público para que presente el acto conclusivo, prorroga que se computará vencido los cuarenta y cinco días que tenía el Ministerio Público para presentar el acto conclusivo, en la presente causa seguida a los adolescentes se omite su identidad Y se omite su identidad, por el delito de POSESION ILICITA DE DROGAS, previsto en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas y sancionado en la ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.