Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este  Tribunal de Justicia de Género, de Control, Audiencias y Medidas  Nº 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara SIN LUGAR  la solicitud de MANDATO DE CONDUCCIÓN del ciudadano CARLOS ENRIQUE BARRIOS ZERPA, ya identificado, planteada por el Fiscal Noveno (e) de la Circunscripción Judicial del estado Lara.  Notifíquese al solicitante y una vez transcurrido el lapso de apelación remítanse las actuaciones a la Fiscalía Novena del estado Lara. Regístrese y publíquese. Cúmplase.-