DISPOSITIVA:
En virtud a lo antes expuesto, este JUZGADO MILITAR SÉPTIMO DE CONTROL CON SEDE EN LA CIUDAD DE BARQUISIMETO, ESTADO LARA; Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide: PRIMERO: El imputado de autos SARGENTO SEGUNDO DIEGO ARMANDO MEDINA CASTAÑEDA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.008.682, en fecha 21 de marzo de 2011, realizó una serie de actos que van en contra de las normativas militares. Estamos en presencia de la comisión del delito militar de Abuso de Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 509 numeral 3 del Código Orgánico de Justicia Militar, por lo cual esta actitud atenta contra los pilares fundamentales de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana como lo son la disciplina, la obediencia y la subordinación, establecidos en el artículo 328 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordada relación con el artículo 122 de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacion.....