DISPOSITIVA.
Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 07, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, Decreta la Privación Judicial Preventiva contra el ciudadano Kelman Ramón Camacho Duno y David José Soto Castellanos, anteriormente identificado por la comisión de los delitos de Homicidio Intencional Calificado artículo 408 ordinal 1°, en complicidad correspectiva artículo 426 del Código Penal y Uso Indebido de Arma de Fuego artículo 282 ejusdem.
Este Tribunal con fundamento a la solicitud fiscal siendo procedente la misma y por cuanto están dados los presupuestos de los artículos 250, 251 y 252, todos los Código Orgánico Procesal Penal se decretó la medida privativa de libertad y la misma la cumplirán en la sede de la Comandancia General de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara y no en el C.....