PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente inhibición planteada por el abogado JHONNY JOSÉ ALVARADO HERNÁNDEZ, en su condición de Juez Provisorio del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: CON LUGAR la inhibición planteada por el abogado JHONNY JOSÉ ALVARADO HERNÁNDEZ, en su condición de Juez Provisorio del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el asunto judicial N° KP02-V-2023-002421.
TERCERO: Se acuerda notificar mediante oficio al abogado JHONNY JOSÉ ALVARADO HERNÁNDEZ, en su condición de Juez Provisorio del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de la presente decisión con copia certificada de la misma, y al Juzgado donde se encuentre el asunto judicial N°KP02-V-2023-002421.