DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho intentado por el abogado ELEAZAR RIVERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 229.830, contra el auto de fecha 04-02-2026 que ordenó oír en un solo efecto la apelación interpuesta contra la sentencia interlocutoria de fecha 21-01-2026 dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Queda así CONFIRMADO el auto apelado.
Regístrese, publíquese y archívese.