IV
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con base en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoada por la ciudadana OSMARY KATHERINE PEREZ ALVARADO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 19.590.766, contra la ciudadana OFELIA DOMINGA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.953.035, respectivamente. En consecuencia, se declara reconocido el presente documento:
"Yo: OFELIA DOMINGA PEREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad Número V-5.953.035, civilmente hábil y capaz, de este domicilio por medio de este DOCUMENTO PRIVADO DECLARO: D.....