III
DECISIÓN.-
En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente demanda de Simulación Absoluta, incoado el abogado ADOLFO ANTONIO PACHECO, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 222.955, actuando en este acto en su condición de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil ‘’GRUPO ASIA CENTER C.A’’, anteriormente denominada ‘’FERRETERIA CASA JIANYI 168 C.A’’, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del estado Lara, en fecha dieciséis (16) de diciembre del año 2014, inserta bajo el N° 03, Tomo: 154-A, con registro de información fiscal (RIF) N° J-405474564, representada por los ciudadanos NENGYUE ZHENG y JIANYI HU, extranjeros, de nacionalidad china, mayores de edad, titulares de la .....