Se dicto auto resolutorio mediante el cual este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación, y DECLARA a los ciudadanos: ARELIS COROMOTO PEREZ PEREZ, VIRGILIA ANTONIA PEREZ DE PEREZ, RICHARD GREGORIO PEREZ PEREZ, YONNY RAFAEL PEREZ PEREZ, ARACELIS VIRGINIA PEREZ PEREZ y YORGE RAFAEL PEREZ PEREZ ya identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSAL ES HEREDEROS-.-