REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, ocho (05) de junio de 2026
216º y 167º

ASUNTO: KP02-S-2026-002413
SOLICITANTE:


ABOGADO ASISTENTE: ALIDA ROSA BRICEÑO TERAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.779.173.-

GUSTAVO MORÓN PIÑA, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 18.845.-

MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.-
SENTENCIA: DECRETO.-

SECUENCIA PROCEDIMENTAL DE LOS HECHOS
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ALIDA ROSA BRICEÑO TERAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.779.173, debidamente asistida por el abogado GUSTAVO MORÓN PIÑA, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 18.845, donde manifiestan se le decrete a su favor TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyo a sus propias expensas con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente CIENTO VEINTICUATRO METROS, CON TREINTA CENTÍMETROS CUADRADOS, (124,30 M2), ubicado en Barrio El Carmen, calle 7, entre carreras 7 A y 8, C/S número, Parroquia Unión, Municipio Iribarren, estado Lara, constituida por: una casa familiar, construida con paredes de bloque, piso de cemento pulido, techo de zinc, dos (2) habitaciones, ventanas y puertas de hierro, con las siguientes comocidades: un a(1) cocina comedor, área de servicio, patio cementado, garaje, frente enrejado, porche con platabanda, con instalaciones eléctricas y sanitarias, todo el terreno cercado de alambre púa y estantillos de madera, que mide NOVENTA METROS CUADRADOS (90,00 M2), dentro de los siguientes linderos: NORTE: línea de 11,30 por terrenos y casa ocupados por Romelia Loyo, SUR: en línea de 11,30 mt, con casa y terreno ocupados o fueron ocupados por Gloria de Pineda, ESTE: en línea de 11,00 mt con la calle 7 que es su frente, OESTE: en línea de 11,00 mt con casa y terreno ocupado o fueron ocupados Jesús Leal por. Siendo el costo de las bienhechurías la cantidad de OCHENTA MIL BOLÍVARES (80.000,00 BS).-
Para decidir este Tribunal observa:


UNICO:
Tomando en consideración las declaraciones de los ciudadanos MILDREHT CAROLINA GARCIA RAMIREZ y LUIMAR JUANIBET USECHE FALCON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 14.372.226 y 28.019.995, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente en los artículos 936 y 937 eiusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana ALIDA ROSA BRICEÑO TERAN, antes identificada, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero (01) de Abril del año 1970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y déjese copia del presente asunto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://lara.tsj.gob.ve déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil a los fines legales previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto a los ocho (08) días del mes de junio de 2026. Años 216° de la Independencia y 167° de la Federación.-
El Juez,




Magdiel José Torres.
La Secretaria,

Lucila Suarez Alvarado.
MJT/LSA/MaríaS. –