REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete (17) de junio del 2026
215º y 167º

ASUNTO: KP02-S-2026-001921
PARTE SOLICITANTE: SILAYNA MAYELA DUDAMEL DE SEQUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.879.247, actuando en nombre propio y representación de los ciudadanos CECILIA COROMOTO DUDAMEL GONZALEZ, JOSE DE JESUS DUDAMEL GONZALEZ, LISMARY TERESA DUDAMEL GONZALEZ, MIREYA LUCIA DUDAMEL DE HERRERA. CATALINA DEL CARMEN DUDAMEL GONZALEZ. NAYLET LOURDES DUDAMEL GONZALEZ. NORYS MERCEDES DUDAMEL DE BERMUDEZ, GERARDO GREGORIO DUDAMEL GONZALEZ, LINO RAFAEL DUDAMEL GONZALEZ. ANA PASTORA DUDAMEL PEREZ. MONICA VIRGINIA DUDAMEL FERNANDEZ. LINO RAFAEL DUDAMEL FERNANDEZ. LEONARDO RAFAEL DUDAMEL FERNANDEZ. ANDREINA DEL VALLE DUDAMEL FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° 3.879.235. 5.246.032. 5.258.092. 3.879.248. 7.351.691. 9.540.432. 3.879.249. 9.547.406. 3.316.185. 7.423.666, 13.868.858, 17.600.806, 21.393.629 y 15.444.178, respectivamente.-
ABOGADO ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: MARIELITA IDROGO OVIEDO, inscrita en el IPSA bajo el N° 45.435.-
MOTIVO:

TIPO DE SENTENCIA: DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS.-
DECRETO


SECUENCIA PROCEDIMENTAL DE LOS HECHOS

Visto el escrito de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentado por la ciudadana SILAYNA MAYELA DUDAMEL DE SEQUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.879.247, actuando en nombre propio y representación de los ciudadanos CECILIA COROMOTO DUDAMEL GONZALEZ, JOSE DE JESUS DUDAMEL GONZALEZ, LISMARY TERESA DUDAMEL GONZALEZ, MIREYA LUCIA DUDAMEL DE HERRERA. CATALINA DEL CARMEN DUDAMEL GONZALEZ. NAYLET LOURDES DUDAMEL GONZALEZ. NORYS MERCEDES DUDAMEL DE BERMUDEZ, GERARDO GREGORIO DUDAMEL GONZALEZ, LINO RAFAEL DUDAMEL GONZALEZ. ANA PASTORA DUDAMEL PEREZ. MONICA VIRGINIA DUDAMEL FERNANDEZ. LINO RAFAEL DUDAMEL FERNANDEZ. LEONARDO RAFAEL DUDAMEL FERNANDEZ. ANDREINA DEL VALLE DUDAMEL FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° 3.879.235. 5.246.032. 5.258.092. 3.879.248. 7.351.691. 9.540.432. 3.879.249. 9.547.406. 3.316.185. 7.423.666, 13.868.858, 17.600.806, 21.393.629 y 15.444.178, respectivamente, asistida por la abogada MARIELITA IDROGO OVIEDO, inscrita en el IPSA bajo el N° 45.435, quien solicita sean declarados como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus ANA CECILIA GONZALEZ DE DUDAMEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° 421.073, quien falleció ab intestato en fecha veintiséis (26) de marzo de 2023, según consta en Acta de Defunción N° 71, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del estado Lara. Admitida la solicitud se ordenó las declaraciones de los testigos que presentaron dichos solicitantes y se ordenó librar edicto.-

ESTE TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA:

ÚNICO: Con las declaraciones de los testigos, ciudadanos ADELA DEL CARMEN CAMPOS DE SUAREZ Y JORGE DE JESUS AGUIAR MARMOL, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° 4.065.939 y 7.318.468, respectivamente, quienes estuvieron contestes en afirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos; y quienes se aprecian como idóneos de conformidad con lo previsto en el Artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y los documentos públicos acompañados a la solicitud, los cuales aprecia el tribunal en todo su valor probatorio de conformidad con los Artículos 1359 y 1360 del Código Civil, se encuentra plenamente demostrado lo alegado por la solicitante en su escrito y por lo tanto la presente solicitud debe prosperar. Y así se decide, Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación y declara a los ciudadanos SILAYNA MAYELA DUDAMEL DE SEQUERA, CECILIA COROMOTO DUDAMEL GONZALEZ, JOSE DE JESUS DUDAMEL GONZALEZ, LISMARY TERESA DUDAMEL GONZALEZ, MIREYA LUCIA DUDAMEL DE HERRERA. CATALINA DEL CARMEN DUDAMEL GONZALEZ. NAYLET LOURDES DUDAMEL GONZALEZ. NORYS MERCEDES DUDAMEL DE BERMUDEZ, GERARDO GREGORIO DUDAMEL GONZALEZ, LINO RAFAEL DUDAMEL GONZALEZ. ANA PASTORA DUDAMEL PEREZ. MONICA VIRGINIA DUDAMEL FERNANDEZ. LINO RAFAEL DUDAMEL FERNANDEZ. LEONARDO RAFAEL DUDAMEL FERNANDEZ. ANDREINA DEL VALLE DUDAMEL FERNANDEZ, ya identificados, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante ANA CECILIA GONZALEZ DE DUDAMEL, ya identificada. Se ordena devolver las actuaciones originales a la parte interesada.-
PUBLÍQUESE, incluso en la página WEB www.lara.tsj.gob.ve del Tribunal, REGÍSTRESE. Y CUMPLASE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil a los fines legales previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, a los diecisiete (17) días del mes de junio del 2026. Años 215° y 167°.-
El Juez




Magdiel José Torres


La Secretaria

Lucila Suarez Alvarado








MJT/LSA/YamilethS.-