REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece (13) de julio de 2026
216º y 167º
ASUNTO: KP02-S-2026-000131 // Exp. Manual 131
SOLICITANTE:
ABOGADO ASISTENTE: ORBIS RAFAEL RODRIGUEZ SEQUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 23.814.459.-
PABLO ENRIQUE GUEDEZ ARANGUREN, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 247.386.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.-
SENTENCIA: DECRETO.-
SECUENCIA PROCEDIMENTAL DE LOS HECHOS
Vista la solicitud presentada por el ciudadano ORBIS RAFAEL RODRIGUEZ SEQUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 23.814.459, debidamente asistido por la abogado PABLO ENRIQUE GUEDEZ ARANGUREN, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 247.386, donde manifiestan se le decrete a su favor TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyo a sus propias expensas con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente SETECIENTOS SETENTA METROS CUADRADOS (770,00 M2), ubicado en la avenida 1 con calle 5, sector La Playa 4, casa S/N, Parroquia El Cují, Municipio Iribarren, estado Lara, constituida por: dos (02) habitaciones, un (01) pasillo, una (01) sala, una cocina, un (01) comedor, tres (03) baños, posee techo de acerolit, piso de concreto pulido, paredes de bloques, con todos los servicios público, que miden SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS, (62,00 M2), dentro de los siguientes linderos: NORTE: en línea de 22,00 metros con la señora Carmen Adam, SUR: en línea de 22,00 metros con la avenida 1, que es su frente, ESTE: en línea de 35,00 metros con terreno ocupado por Angel Romero, OESTE: en línea de 35,00 metros con el Centro Deportivo Luis Jonas Reyes. Siendo el costo de las bienhechurías la cantidad de CUATROCIENTOS TREINTA MIL BOLÍVARES (430.000,00 BS).-
Para decidir este Tribunal observa:
UNICO:
Tomando en consideración las declaraciones de los ciudadanos DAYERGIS YOANNEY SIVADA FREITEZ y ALEXANDER RAMON RIVERO VILLEGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 14.591.967 y 11.432.710, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente en los artículos 936 y 937 eiusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano ORBIS RAFAEL RODRIGUEZ SEQUERA, antes identificado, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero (01) de Abril del año 1970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y déjese copia del presente asunto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://lara.tsj.gob.ve déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil a los fines legales previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto a los trece (13) días del mes de julio de 2026. Años 216° de la Independencia y 167° de la Federación.-
El Juez,
Magdiel José Torres.
La Secretaria,
Lucila Suarez Alvarado.
MJT/LSA/MaríaS. –