REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, a los diecisiete (17) días de julio de 2025
215º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2025-002283

PARTE SOLICITANTE: JEAN CARLOS SALAS SALCEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.171.728, con número telefónico: 0412-6309751 y dirección de correo electrónico: jeansalassalcedo@gmail.com, de este domicilio.-

ABOGADO ASISTENTE:
LISANDRO SÁNCHEZ VERDE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 212.816, con número telefónico 0414-5124748 y dirección de correo electrónico: lisandrosanchezverde@gmail.com.-

MOTIVO:
TIPO DE SENTENCIA:
TITULO SUPLETORIO
DECRETO

SECUENCIA PROCEDIMENTAL DE LOS HECHOS

Vista la solicitud de Titulo Supletorio, presentada por el ciudadano, JEAN CARLOS SALAS SALCEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.171.728, debidamente asistido en este acto por el Abogado: LISANDRO SÁNCHEZ VERDE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 212.816, donde manifiesta se le decrete a su favor TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyo a sus propias expensas y con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO con una superficie de terreno que mide aproximadamente OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS (82,00 Mts2), con un área de construcción que mide aproximadamente OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS (82,00 Mts2), constituida por: un local comercial distinguido con el Nº.07, construido con paredes de bloques, pisos de cemento rustico, techo de platabanda, con un portón arrollable tipo Santa Maria en su frente, un portón de acceso lateral construido de láminas y vigas de hierro, con su baño interno con sus acometidas eléctricas, aguas blancas y aguas servidas, así como un maletero externo; ubicado en la calle José Atanasio Girardot entre calle Los Monjes y calle La Cruz del sector El Cují-Centro, Parroquia El Cují, Municipio Iribarren del estado Lara; comprendidas dentro de los siguientes linderos. NORTE: con terrenos y bienhechurías ocupadas por Ruddy Descarte Gudiño, SUR: con calle Los Monjes que es su frente, ESTE: con bienhechurías y terreno ejido ocupado por Angélica Gudiño, y OESTE: con terrenos ejidos ocupados por Jean Salas. Siendo el costo de las referidas bienhechurías la cantidad de TRESCIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLIVARES (BS 303.753,00).-

Para decidir este Tribunal observa:

UNICO: Tomando en consideración las declaraciones de los TESTIGOS: las ciudadanas ELIDA ROSA PÉREZ DÍAZ y ANNY DEL CARMEN ESCALONA MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 15.868.700 y V- 17.859.381 respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente en los artículos 936 y 937 eiusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano JEAN CARLOS SALAS SALCEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.171.728, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero (01) de Abril del año 1970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y déjese copia del presente asunto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://lara.tsj.gob.ve déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 251 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil a los fines legales previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto a los diecisiete (17) días del mes de julio de 2025. Años 215° de la Independencia y 166° de la Federación.-
El Juez,




Magdiel José Torres.

La Secretaria,

Lucila Suarez Alvarado.




MJT/LSA/María Abreu.-