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miércoles, 07 de noviembre de 2012
CARTEL DE NOTIFICACION DEL TRIBUNAL DEL MUNICIPIO ANDRES ELOY BLANCO. CANON DE ARRENDAMIENTO


Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco

De la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Sanare, octubre del 2.012

Años: 202° y 153°



SE HACE SABER:



A las ciudadanas: MAURA GOYO, titular de la cedula de identidad Nº V-2.595.310 y CARMEN COLMENAREZ, titular de la cedula de identidad Nº V-410.042, que cursan por ante este Despacho consignación judicial de pago de arrendamientos de vivienda, expedientes signados bajo los Nros: 10/96 y 12/92, respectivamente, que deben comparecer por ante este tribunal antes del día 12 de noviembre de 2012, en el horario comprendido de 8.30am a 3:30 pm., a fin de que procedan a retirar las cantidades de dinero que mantienen por concepto de canon de arrendamiento; por cuanto el día 12 de noviembre de 2012, según lo establecido en la Disposición Transitoria Novena de la Ley para la Regulación y Control de los arrendamientos de vivienda, prescribe el plazo para retirar las cantidades de dinero provenientes del procedimiento judicial de consignación de pago en los Tribunales de la República, el cual dispone:



Novena: "Los arrendadores y arrendatarios que se encuentren sujetos al procedimiento de consignación judicial de pagos, producto de la relación arrendaticia ante los Tribunales de consignación de la República, tendrán un año a partir de la entrada en vigencia de la presente ley para adecuar el pago del canon de arrendamiento, en base a las condiciones establecidas en el artículo 68 de la misma.



Transcurrido el año referido, prescribe la acción de retirar lo consignado por parte de los titulares de la relación arrendaticia y los recursos que se encuentren sin reclamo en las cuentas bancarias destinadas a consignación, serán destinados por la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda al Fondo de Protección al Inquilino o Inquilina y al Pequeño Arrendador."



Asimismo; se les informa a los consignatarios de fondos, que se sirvan consignar todas las planillas de depósito que aun no han sido remitidas a dichos Juzgados, a los fines de conciliar la información existente en cada expediente.

Esta información estará disponible en la página web: www.dem.gob.ve





Abog. Ender Rojas.

Juez Provisorio del Municipio Andrés Eloy Blanco



La Secretaria

Abg. Caribay Goyo

 
Autor:
  DIVISION DE SERVICIOS JUDICIALES
 
Fecha de Publicación:
  07/11/2012
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