Ahora bien, luego de darle entrada, revisado y analizado como ha sido el libelo de la demanda, esta juzgadora declara que en esta causa, existen intereses del menor SEBASTIÁN PULGAR OSUNA, quien esta protegido y cobijado por una legislación especial que tiene por objeto, garantizar a todos los niños y adolescentes, que se encuentran en el territorio nacional, el ejercicio y disfrute pleno de sus derechos y garantías, según lo preceptuado en el artículo 1 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente. En este sentido la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado Dr. Juan Rafael Perdomo, en fecha 28 de octubre del 2004, sentencia Nº 1350, se pronunció de la siguiente manera: " Dispone el artículo 177, Parágrafo segundo literal b de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, que: El Juez designado por el Presidente de la Sala de Juicio, según su organización interna, conocerá en primer grado de las siguientes.....