este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
UNICO: Desistida la demanda, interpuesta por la ciudadana JUDITH KHAUAM BORAURE, sólo en contra de los codemandados DISTRIBUIDORA KONK, C.A y JACOBO SCHWED, en virtud que las empresas CORPORACIÓN DESLIN, C.A;.QUIMISECTORT, C.A, ya no son parte en el presente procedimiento.