este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana GRISELDA JOSEFINA ESPINOZA, contra la empresa LABORATORIOS BIOGALENIC, C.A
SEGUNDO: Se condena a la demandada, empresa LABORATORIOS BIOGALENIC, C.A. a pagar a la ciudadana GRISELDA JOSEFINA ESPINOZA la suma de 30.559.241,89 Bs. O su equivalente en Bs. F. de 30.559,24 por conceptos de Salarios retenidos, diferencia de prestaciones sociales, (antigüedad, vacaciones y utilidades) diferencia de indemnización por despido injustificado, y reintegro de deducciones ilegales.
TERCERO: Conforme al artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la jurisprudencia emanada de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justici.....