Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, decide HOMOLOGAR EL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, en lo que respecta a los ciudadanos: VICTOR MANUEL MERCHAN, titular de la cédula de identidad V.-138.805, NINFA DA COSTA GOMEZ, titular de la cédula de identidad V.-1.149.660, y LEONOR RAMONA GARCÍA DE MARQUEZ, titular de la cédula de identidad V.-498.754. En lo que respecta a los actores los actores, LASTENIA DE JESÚS REQUENA y PEDRO JOSÉ TOLEDO PÉREZ, este tribunal acuerda prolongar la audiencia para el día 05 de mayo de 2008, a las diez y treinta de la mañana (10:30 AM). Expídanse las respectivas copias certificadas para las partes.