Ante lo expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
UNICO: Desistida la demanda, interpuesta por el DOMINGO RAFAEL MEDINA VARGAS, en contra ASOCIACION COOPERATIVA LOS HERMANOS 01128 S.L. como consecuencia de ello, la extinción del procedimiento.