En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano NOHEL ANTONIO VARGAS QUERALES, contra la empresa PROTECCIÒN DEVAL C.A (PRODEVALCA) y el ciudadano FABIAN MARULANDA
SEGUNDO: Se condena la empresa PROTECCIÒN DEVAL C.A (PRODEVALCA) y el ciudadano FABIAN MARULANDA. a pagar a el ciudadano NOHEL ANTONIO VARGAS QUERALES, la suma de Bs. F 42.323,11 ; por conceptos de antigüedad, vacaciones, bono vacacional, utilidades, indemnización por retiro justificado, días feriados, días de descanso, horas extras más el resultado de lo correspondiente por bono nocturno que arroje la experticia complementaria del fallo.
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TERCERO: Conforme al artículo 92 de la Constitución d.....