se deja constancia que no comparece la parte demandante ni por si ni por medio de apoderado judicial, se deja constancia que comparece el apoderado judicial de la demandada ABOGADO ADAN SEGUNDO AÑEZ CEPEDA, inscrito en el IPSA N° 23.806, según la información suministrada por el Alguacil CARLOS SABALLO, encargado de anunciar la audiencia, vista la incomparecencia del demandante, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200° y 151°.-