En virtud de lo anterior, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por autoridad de la Ley y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara:
PRIMERO: Inadmisible la acción Mero declarativa incoada por los ciudadanos JEAM PIERO SANCHEZ RODRIGUEZ, CARLOS ALBERTO CUICAS SUMOZA, LEONEL ANTONIO RODRIGUEZ MARTINEZ, VICTOR JOSE GOMEZ, LUIS GERARDO ROMAN, NESTOR ALEJANDRO MONTESINOS TORRES, JUNIOR RAFAEL LOYO SEGOVIA, RAFAEL ANTONIO PEREIRA YUSTY, JESUS DANIEL BARRIOS RODRIGUEZ, FRANK E. PEREZ y LEONARDO ANTONIO ESCALONA MENDEZ contra las Sociedades Mercantiles VENEQUIP MACHINE SHOP C.A. y COOPERATIVA CREPUSCULAR UNIVENT CAT.